Sábado, 04 Feb

Actualizado07:28:39 AM GMT

RSS
Está en: Seguridad Social

Seguridad Social

Reconocidas anomalías en la Gerencia de Informática

E-mail Imprimir PDF

Un informe de la responsable del Proyecto, así lo reconoce, ante la propia Dirección de la Gerencia...

El Periódico la Gaceta de fecha 21 de noviembre publica un Articulo, bajo el epígrafe "Un informe de la Seguridad Social admite anomalías en Informática" en el que, según el mismo, se confirman las noticias publicadas anteriormente en el citado periódico, en el sentido de que por cuenta de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social se podría haber pagado -unos 3 millones de Euros, más el mantenimiento de la misma- por una herramienta informática, a la empresa Nesspro -al parecer vinculada a un ex funcionario de la Seguridad Social- que no cumplía los requisitos obligatorios del Pliego de Condiciones, y que por lo tanto, no iba -ni va- a funcionar. Sistema informático que debería de estar completamente operativo y funcionando desde diciembre del 2007, y del que, a día de la fecha, no había ni rastro en producción.

Como sabeis y hemos informado en esta misma Web, este tema fue el que dio origen, entre otros, a un escrito por parte de nuestra Federación de Empleados Públicos a la Fiscalía AntiCorrupción, que lo envió a la Fiscalía Provincial de Madrid, la cual concluye remitiéndose a la fiscalización del Tribunal de Cuentas.

No sabemos si con estos nuevos datos nos encontraremos ante la punta del iceberg... o ante el punto final del asunto... Pero lo cierto es que una mayor trasparencia, con un claro desmentido por parte de la Gerencia de Informática al citado Periódico, no vendría nada mal. O en caso contrario, depurar las responsabilidades a que hubiera lugar. Pues de lo contrario nos podríamos encontrar con un "quien calla otorga". Y esto puede perjudicar a la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, en particular, y a toda los Empleados Públicos, en general.

Os adjuntamos en formato PDF fichero con el texto integro de la citada noticia.

AddThis Social Bookmark Button

Plan acción social en Seguridad Social

E-mail Imprimir PDF

La Sección Sindical de USO en Seguridad Social, informa sobre la situación del Plan de Acción Social. En archivo adjunto podeis encontrar el documento completo.

Archivos adjuntos:
Descargar este archivo (CIRCULAR ACCION SOCIAL.pdf)Plan Acción Social EEGG Seguridad Social[ ]737 Kb
AddThis Social Bookmark Button

Seguridad Social: Reunión Grupo de Trabajo Acción Social de 20 de Octubre de 2011

E-mail Imprimir PDF

El pasado día 20 de Octubre  se reunió el Grupo de Trabajo de Acción Social. Durante la Reunión se trataron los siguientes temas:

1. Ratificar el Acuerdo por el cual se prorroga la Circular de Acción Social de 2011 para el 2012, con sus ventajas e inconvenientes.

2. Se nos facilitaron los datos de ejecución económica de cada una de las partidas de Acción Social correspondientes al 2011, de todas las Entidades, salvo la Tesorería General. Nos indicaron que nos la facilitarían en un breve plazo.

3. Se insiste por la parte social en la constitución y convocatoria de la Comisión de Seguimiento, en la que puedan valorarse los resultados de la anterior convocatoria, así como resolver las posibles discrepancias en la interpretación de la norma que puedan existir. En este tema se presenta una propuesta de calendario de reuniones. Por nuestra parte, nos parece acertado fijar ya un calendario de reuniones, aunque no estamos de acuerdo con todas las fechas.

4. Volvemos a incidir en la interpretación restrictiva que hace alguna Dirección Provincial sobre la Ayuda por Transporte Público Colectivo. En este apartado se cita textualmente, como documentación acreditativa: "Título de transporte que acredite la identidad del empleado, el importe y el periodo, o certificación de la empresa de transporte donde consten esos datos".

      • a) A pesar de aportar la documentación solicitada como acreditativa en la Circular de Acción Social, atribuyéndose, en estos casos, la Dirección Provincial, y por extensión, la Dirección General, unas competencias que no tiene, pues no es la Dirección Provincial quien decide que documentación debe aportarse para acreditar un hecho causante, sino la propia Circular. Y foto, lo que se dice foto, no figura en ninguna parte. Si el titulo de transporte tiene un numero "único e intransferible, que identifica a su titular, consideramos que la identificación está perfectamente acreditada con el citado Titulo y Documento expedido por la Empresa de Transportes que acredita que el citado Titulo con el número X corresponde al usuario X.

        b) A pesar de existir, al menos, siete Sentencias de los Tribunales, reconociendo el derecho a percibir esta ayuda, por considerar que queda acreditado, con dicha documentación, la identificación de su titular. Pues aunque se da cumplimiento al contenido de la Sentencia procediendo al pago de la Ayuda ese año, en la práctica, no se cumple, pues se sigue denegando en años posteriores, manteniendo el criterio restrictivo que los Tribunales han sentenciado no ajustado a derecho. Obligando a recurrir a los tribunales una vez tras otra por el mismo tema. ¿Cuantas Sentencia más hacen falta...? Tal vez sea necesario que se condene a costas a la Administración... que en este tema suele irse de rositas... O quizá otro tipo de Sentencias y en otro tipo de Orden Jurisdiccional.

        c) A pesar de ser concedida, como nos indican en la Reunión, en el resto de los casos... Nos imaginamos que se refieren a otras Provincias... claro está... Ante esta respuesta os dejamos decidir que pensáis que es peor.

        d) Nos sorprende que el título de transporte no sea válido, cuando el sistema de seguridad de la Dirección General del INSS se basa en la entrega, a la entrada del Centro, de una tarjeta donde indica "Visitante" y un número que queda asociado en el ordenador a un nombre... y donde indica "La tarjeta es personal e intransferible". Se duda de este sistema como acreditativo de una identidad para una ayuda de transporte y no se duda de este sistema como método de seguridad de toda una Dirección General... Manda huevos...

      El problema se da en alguna Dirección Provincial con relación a la "certificación de la empresa de transporte donde constan esos datos", que no es reconocida como documento justificativo. Todo por la suposición, no la certeza, de que al no constar la foto en el título, pueda utilizar el mismo otra persona, y no el empleado público -como siempre alguna Dirección General utiliza la presunción de "chorizo" del Empleado Público, salvo prueba en contrario.

      Todo ello ocurre,

      No nos sirven las justificaciones que nos dan. No nos sirven que alguien aplique su opinión personal por encima de lo que marca la Circular de Acción Social. No nos parece aceptable que se insista en denegar la ayuda a pesar del número de Sentencias favorables. No solo no nos parece aceptable sino preocupante, que intenten justificar la denegación de una ayuda argumentando que eso solo ocurre en unos pocos casos... y que la mayoría son aceptados... Viva la discriminación, siempre que esta afecte a unos pocos...
Archivos adjuntos:
Descargar este archivo (CIRCULAR ACCION SOCIAL111020.pdf)Circular de Acción Social[ ]681 Kb
AddThis Social Bookmark Button

Seguridad Social: Reunión del Grupo de Trabajo de Acción Social

E-mail Imprimir PDF

El pasado 28.septiembre se celebró la primera reunión sobre Convocatoria de Ayudas de Acción Social correspondiente al año 2012. En la reunión se han llegado a los siguientes acuerdos:

      1. Prorrogar la circular vigente de 2011
      2. Facilitar a la representación sindical los datos de ejecución económica de cada una de las partidas de Acción Social de la convocatoria del 2011.

Se abrió también un debate sobre la interpretación que hace la Administración respecto a los requisitos para la concesión de ayuda por el bono-transporte en A Coruña, a raíz de las reiteradas sentencias ganadas por algunos compañeros de esta provincia, y ante la negativa de la Administración a reconocer y proceder a la concesión de esta ayuda.

Solicitamos a la Administración modifique la aplicación de los criterios. La Administración se comprometió a estudiar este tema.
También se solicita la creación de una Comisión de Seguimiento e Interpretación de la Circular que regula las Convocatorias de Ayudas de Acción Social con el objeto de homogeneizar y de resolver las discrepancias y criterios de aplicación de las normas por parte de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, en sus Direcciones Provinciales y Servicios Centrales.

(See attached file: propuesta conjunta comision accion social 2011.pdf)

El próximo día 20 de octubre se celebrará una nueva reunión, en la que se decidirá definitivamente sobre los acuerdos de esta reunión, así como sobre la constitución de la Comisión de Seguimiento e Interpretación de la Circular.

Ante la confusión de fechas, inducida por algunos correos, al referirse a la Circular de Convocatoria de Ayudas de Acción Social aclaramos: la Circular de Acción de Acción Social a cuya negociación hacemos referencia corresponde al plan de Acción Social de 2012, de aplicación en su Convocatoria Anual a los hechos causantes del año 2011 y curso académico 2011-2012, y en su Convocatoria Permanente a los hechos causantes que se produzcan durante el año 2012 y los del 2011 por los que no se haya solicitado ayuda anteriormente.

Archivos adjuntos:
Descargar este archivo (110928SS_propuesta_conjunta_com_acc_social 2011.pdf)Propuesta conjunta[ ]52 Kb
AddThis Social Bookmark Button

Seguridad Social: USO SOLICITA, REUNIÓN URGENTE DEL GRUPO DE TRABAJO DE CALENDARIO LABORAL

E-mail Imprimir PDF

Ante las muchas incidencias que está planteando la aplicación del ACUERDO DE ADAPTACIÓN DEL CALENDARIO LABORAL A LAS NUEVAS MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO... Y DESCONCILIACIÓN FAMILIAR que este SINDICATO NO SUSCRIBIÓ creemos necesario una REUNIÓN URGENTE del Grupo de Trabajo de Calendario y/o Mesa Delegada de la Seguridad Social, para aclarar las dudas que se están dando y negociar las instrucciones que de forma unilateral se están adoptando por parte de las diferentes Direcciones Generales bajo el único criterio de "manu militari".

En este sentido hemos solicitado al Ministerio de Trabajo la convocatoria del citado Grupo de Trabajo lo más urgentemente posible.

Aprovechamos este comunicado para recordar que el citado Acuerdo, pese a estar en vigor, debe todavía ser ratificado por el Pleno de la Mesa Delegada de la Seguridad Social, según establece el Articulo 12 de su Reglamento. Mesa Delegada que aunque debe de Reunirse, como mínimo, cada seis meses, según establece el Artículo 13 del citado Reglamento, no lo hace, desde tiempo inmemorial... por la reiterada negativa del MTIN a convocarla... En este sentido seria perfectamente posible que los dos Sindicatos que dieron su conformidad al citado Acuerdo en el Grupo de Trabajo se replantearan su posición... no siendo ratificado el mismo...

Adjuntamos en PDF el escrito presentando en Registro de Entrada, con la solicitud de la citada Reunión.
(See attached file: Reunion Grupo Trabajo Calendario.PDF)

Ayúdanos a mejorar...

Haznos participes de tus, propuestas, críticas, opiniones y/o sugerencias. Poneros en contacto con nosotros.

!NO TE QUEDES CALLADO!

Para más información os podéis dirigir a nuestros delegados y/o al Usuario 99GU1599 o en el teléfono 91.503.79.58.

Archivos adjuntos:
Descargar este archivo (ReunGrupTrabCalend110923.pdf)Escrito dirigido a Soledad López Larrio[ ]344 Kb
AddThis Social Bookmark Button

Página 1 de 14