homologacion retributiva

Servicios

Viajes Iberia Viajes
Ofertas de viajes con FEP.USO.
 

Salud Salud
Ofertas especiales para afiliados.
Google

Inicio arrow Noticias arrow Aprobada la nueva Oficina Judicial
Aprobada la nueva Oficina Judicial PDF Imprimir E-Mail
martes, 03 de noviembre de 2009
ImageEn el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados de 28 de octubre de 2009 se publican el “Proyecto de Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial” y el “Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial“.
 
La nueva estructura requerirá una nueva estructura de los edificios judiciales, ya que los actuales, debido a su dispersión, hacen inviable la efectiva implantación de esta nueva oficina judicial.
 
Son necesarios también sistemas informáticos más avanzados, que permitan la implantación del expediente digital.
 
Igualmente, será necesaria una coordinación más eficaz entre el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias transferidas.
 
En relación con estas reformas sustantivas y procesales, desde SPJ-USO NOS OPONEMOS FRONTALMENTE A LA MODIFICACIÓN del art. 521 LOPJ, introducida mediante enmienda aprobada en el Senado, porque:
 
1. Supone eliminar buena parte de las garantías de los funcionarios/as frente a la Administración en los supuestos de movilidad forzada. El "centro de destino" es el límite que tiene la Administración para aplicar una movilidad por motivos de "reorganización". Si la reforma se consuma como está prevista, el resultado será que la Administración de turno podrá remover "libremente" (es decir, sin sujeción a expediente administrativo, negociación sindical y posibilidad de pedir o no destino en dicho expediente), a los funcionarios sometidos a "reorganización", dentro de cualquier otro puesto de la misma localidad, con tal de que el cambio suponga trasladar al funcionario de una Unidad de Apoyo a otra.
 
2. Las Relaciones de Puestos de Trabajo no contendrán las características esenciales del puesto de trabajo, con lo cual la definición de tareas de la que debe responder cada funcionario/a desaparecería, quedando las tareas a realizar al arbitrio del Secretario o Juez de turno.
 
Para SPJ-USO esta modificacion supone una grave pérdida de garantías laborales.
 

Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

 
Siguiente >
@ Copyright 2007. Federacion de Empleados Publicos de la Union Sindical Obrera .
CIF 83365445. C/ Principe de Vergara, 13 7 28001 Madrid. Tel. 915774113. Fax. 915772959.

CSS Valid XHTML Valid RSS 2.0