Vie05182012

Actualizado11:42:28 AM

AENA

AENA: Creación de las nuevas sociedades concesionarias de Aeropuertos

El Consejo de Ministros celebrado el pasado 15 de julio autorizó la creación de las Sociedades concesionarias de los aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat. La creación de estas sociedades, de las que licitará un 90,05 por 100 del capital, forma parte del proceso de transformación del modelo aeroportuario.

Se licitará el 90,05 por 100 del capital de cada una de las sociedades.

El concurso se iniciará el 30 de julio y concluirá a finales de noviembre.

El adjudicatario dispondrá de un período de transición de tres meses antes de hacerse cargo de la gestión.

El concesionario abonará a Aena Aeropuertos un pago inicial en el momento de iniciar la gestión del aeropuerto y un canon anual equivalente al 20 por 100 de la facturación del aeropuerto.

Los adjudicatarios dispondrán de un período de transición de un máximo de tres meses, a partir de los cuales, en la primavera de 2012, se harán cargo de la gestión de los aeropuertos.

Las funciones de la sociedad concesionaria serán:

  • La operación y gestión del aeropuerto, mediante la prestación de los servicios definidos en el Contrato de Concesión y en la restante documentación contractual, incluidos los de tránsito aéreo de aeródromo.

  • La coordinación global de las operaciones y servicios que se presten en el aeropuerto, al igual que de la utilización de las instalaciones del mismo por usuarios y terceros, con la finalidad de lograr un óptimo funcionamiento del aeropuerto.

  • La realización a su costa de las tareas de mantenimiento, así como de las obras de nueva construcción, conservación, reposición y gran reparación que resulten necesarias para adaptar la infraestructura aeroportuaria a las necesidades de la adecuada prestación de los servicios aeroportuarios, atendiendo a los niveles de calidad mínimos comprometido; la financiación a su costa de todas las tareas y actuaciones que resulten necesarias para el adecuado desarrollo del contrato de concesión y la planificación y programación de las actuaciones necesarias para la operación y gestión del aeropuerto.

  • La realización de cuantas actuaciones e inversiones sean necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente aeroportuaria, medioambiental y de seguridad, entre otras, así como de sus futuras modificaciones.

  • La realización de actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad y conectividad del Aeropuerto con otros medios y vías de transporte, para lo cual podrá llevar a cabo, por su cuenta y riesgo, las negociaciones y acuerdos con las Administraciones y Entidades competentes, y ejecutar as tareas que resulten necesarias para tal finalidad.

  • La gestión y recaudación de los ingresos tarifarios y no tarifarios derivados de la ejecución de las tareas objeto del contrato de concesión.

  • La explotación de las actividades comerciales definidas en el contrato de concesión y la explotación de los negocios inmobiliarios en la superficie objeto de concesión.

El concesionario tendrá una participación ampliamente mayoritaria en el capital de la sociedad, concretamente el 90,05 por 100. Aena Aeropuertos mantendrá el 9,95 por 100 restante y la titularidad de la propiedad de todos los activos y pasivos del aeropuertos.

El concesionario dispondrá del derecho de explotación de los activos aeroportuarios y no aeroportuarios, y sus ingresos provendrán de las tarifas y contraprestaciones por la gestión y explotación de los espacios y servicios aeroportuarios y los ingresos procedentes de la actividad comercial e inmobiliaria.

El contrato de concesión durará veinte años, prorrogables otros cinco.  La concesionaria se subrogará en la posición de empleador con respecto a los trabajadores de la plantilla adscrita al aeropuerto y deberá respetar los acuerdos laborales de Aena Aeropuertos con los sindicatos.  Además, El Consejo de Ministros aprobó un segundo Acuerdo por el que autoriza a Aena a vender hasta un 49 por 100 del capital de Aena Aeropuertos.